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Jhon Jairo Peña
Jhon Jairo Peña, Secretario de Educación

Misión de la Secretaria de Educación

La Secretaria de Educación, desarrolla e impulsa el mejoramiento del servicio social educativo, liderando la gestión con calidad, eficiencia y la ampliación permanente de la cobertura en todo el territorio departamental, para incrementar la economía del conocimiento al servicio de la productividad y competitvidad intelectual del hombre cordobés, satisfaciendo las expectativas municipales de la descentralización, la coordinación y subsidiaridad a fin de lograr acciones conjuntas para consolidar la autonomía escolar y un adecuado acceso y permanencia de la población escolar al sistema educativo.

Son funciones de la Secretaría de Educación además de las establecidas para las secretarías en el estatuto básico, las siguientes:

  1. Desarrollar la política educativa formulada por el Gobierno Nacional en materia educativa, conforme a las directrices impartidas por el Gobernador, para el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Departamental y el Plan de Desarrollo Educativo.
  2. Coordinar, promover, asesorar y evaluar periódicamente el proceso de descentralización de la educación a los municipios del departamento.
  3. Desarrollar acciones que permitan elevar la calidad de la educación en el departamento y establecer indicadores de logros y cobertura del servicio educativo.
  4. Fomentar mecanismos de competitvidad entre escuelas y colegios a través de concursos con estímulos que incentiven la búsqueda del mejoramiento de la calidad de la educación.
  5. Implementar y mantener actualizados sistemas de costos educativos que permitan optimizar la inversión en el sector educativo.
  6. Realizar los estudios y análisis que permitan adoptar medidas para la disminución de la deserción escolar de la población educativa.
  7. Planificar, dirigir y administrar directa y conjuntamente con los municipios, la prestación de los servicios educativos estatales en los niveles preescolar, básica primaria, secundaria y media vocacional.
  8. Asumir las funciones de administración, programación y distribución de los recursos del situado fiscal para la prestación del servicio educativo estatal, ejerciendo funciones de coordinación, subsidiariedad y concurrencia relacionados con las competencias municipales en educación.
  9. Administrar la Carrera Docente, dentro del marco de la delegación dada al departamento y promover y evaluar la oferta de capacitación y actualización de los docentes, de acuerdo con el desarrollo curricular y pedagógico y facilitar el acceso a la capacitación de los docentes vinculados a los establecimientos públicos educativos del Departamento.
  10. Asumir las competencias relacionadas con currículos y materiales educativos y dirigir y controlar los proyectos especiales delegados al Departamento por el Ministerio.
  11. Ejercer la inspección y vigilancia de la supervisión y evaluación del servicio educativo estatal, y de las demás que le sean asignadas por la ley.
  12. Contribuir con el desarrollo de la política cultural que adelanta la Secretaría de Cultura de Córdoba.
  13. Organizar el servicio educativo estatal acorde con las prescripciones legales reglamentarias sobre la materia, orientar y supervisar el servicio educativo prestado por las instituciones oficiales y privadas, métodos y medios pedagógicos.
  14. Fomentar la Investigación, innovación y desarrollo de currículos, métodos y medios, diseñar y poner en marcha los programas que se requieren para mejorar la eficiencia, la calidad y la cobertura de la educación.
  15. Dirigir y coordinar el control para el nombramiento del personal docente y directivos docentes del sector estatal, en coordinación con los municipios, mediante la aplicación de concursos de mérito.
  16. Aplicar en concurrencia con los municipios, los incentivos y sanciones a las instituciones educativas de acuerdo con los resultados de las evaluaciones de calidad y gestión.
  17. Aprobar la creación y funcionamiento de las Instituciones de Educación Formal y no formal establecidas por la ley 115 de 1994.
  18. Diseñar planes y programas de inversión para el desarrollo del sector educativo en el Departamento en el corto, mediano y largo plazo en coordinación con los municipios.
  19. Difundir las normas educativas que dicte el Gobierno y divulgar las reformas e innovaciones que se adopten para el sector educativo.
  20. Comunicar los actos que expide el Ministerio de Educación Nacional para la Prestación, inspección y Vigilancia, evaluación, seguimiento y de los costos de los servicios educativos.
  21. Las demás que surjan de la naturaleza de la dependencia o le sean asignadas por autoridad competente.

 
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