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Jairo Manuel López Covo

Jairo Manuel López Covo

Es Ingeniero Industrial de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín y Oficial del Tercer CIAME de la Brigada XI del Ejercito Nacional.

Ha participado en infinidad de cursos, seminarios y talleres tales como: Desarrollo Eléctrico del Alto Sinú como Proyecto Multipropósito, Seguridad Industrial en la Corporación Tecnológica de la Costa, Seminario Auditoria Manual de Seguridad Industrial en Corelca, Comité Nacional de Servicios Públicos del Sector Eléctrico, Foro Nacional sobre Aspectos Legales de Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo. Participó en el seminario sobre la Seguridad Industrial y la Salud Ocupacional frente a los procesos de Apertura y Modernización Industrial y otros más.

Prestó sus servicios profesionales en la Electrificadota de Córdoba, donde desempeñó cargos tales como: Jefe de la División de Control Interno en 1983, Jefe de División de Seguridad Industrial en 1984, Asesor Técnico de Gerencia en 1988, Jefe de División Comercial en 1995, Jefe de la Dirección Administrativa en 1998, Jefe de la División Financiera y Administrativa, Jefe de División de Control de Perdidas y Gerente General. También se desempeñó como Diputado de la Asamblea de Córdoba en el periodo 1982 – 1984. Fue Director del ICBF Regional Córdoba de 1999 al 2002.

Misión de la Secretaría de Gobierno

Misión de la Secretaría de Gobierno: Desarrollar acciones propuestas por el gobernador para consolidar la gobernabilidad de la administración departamental, consolidando la convivencia pacífica de los ciudadanos cordobeses, mediante el respeto y la protección de sus derechos, la conservación del orden público a través de la coordinación interinstitucional, contribuir con la descentralización y modernización de las instituciones locales por intermedio de la participación ciudadana, adelantar acciones preventivas y de atención de emergencia y desastres en el territorio departamental y el desarrollo de políticas en relación con la población indígena.

Son funciones de la Secretaría de Gobierno, además de las establecidas para las secretarías en el estatuto básico, las siguientes:

  1. Orientar las acciones y coadyuvar la autonomía municipal, que permitan la autogestión de su desarrollo y la prestación de los servicios a su cargo.
  2. Promover acciones que permitan generar espacios, alternativas y propuestas que posibiliten la creación de la cultura de la tolerancia, la concertación y el diálogo para la búsqueda y conservación de la paz en todo el territorio departamental.
  3. Promover en coordinación con el Fondo de Vigilancia y Seguridad del Departamento, la ejecución de las directrices impartidas por el Gobernador en materia de orden público.
  4. Orientar y coordinar los procesos de participación ciudadana, comunal y comunitaria, para el fortalecimiento de la autogestión del desarrollo local, con autonomía.
  5. Atender, de acuerdo con las orientaciones del Gobernador, las relaciones del Gobierno Seccional con la Asamblea Departamental y hacer la evaluación y seguimiento.
  6. Coordinar con el Fondo de Vigilancia y Seguridad del Departamento -VISECORDOBA- la conservación del orden público en el territorio del Departamento y prestar el concurso al gobernador como agente del presidente de la República sobre la materia, de conformidad con lo establecido en la Constitución y la Ley,
  7. Coordinar con las demás Secretarías, la identificación de las facultades que se aconsejen delegar en los concejos municipales por parte de las Asambleas Departamentales, a fin de fomentar y consolidar la política de descentralización del país.
  8. Estudiar y promover a través de los organismos Departamentales pertinentes, los mecanismos de participación ciudadana, tales como el plebiscito, la consulta popular, el referendo, el cabildo abierto y la iniciativa legislativa, en los términos en que se establezca por parte de la ley estatutaria que deberá expedirse de conformidad con la Constitución Política para estos efectos.
  9. Prestar el apoyo indispensable para una pronta y cumplida justicia, para lo cual se hará el enlace necesario con los funcionarios de la Rama Judicial del Poder Público.
  10. Coordinar con el Fondo de Vigilancia y Seguridad del Departamento -VISECORDOBA- las acciones de apoyo con las fuerzas militares, el Departamento Administrativo de Seguridad DAS y las autoridades para la investigación de los delitos en el territorio de Córdoba.
  11. Promover y evaluar el apoyo suministrado por el Departamento de Córdoba a las Fuerzas Militares y de Policía.
  12. Coordinar las actividades de los organismos establecidos para mantener el orden público interno y fijar las políticas, planes operativos y demás acciones necesarias para tal fin.
  13. Velar por el cumplimiento en el envío de la información sobre el orden público en la jurisdicción del Departamento, de conformidad con las normas constitucionales y legales sobre la materia.
  14. Promover y afianzar la convivencia democrática, la preservación de la paz y la prevención de los conflictos en el Departamento.
  15. Promover el desarrollo político y velar por el libre ejercicio de los derechos políticos en el Departamento.
  16. Promover y propender por el respeto y la garantía de los derechos humanos en el Departamento.
  17. Atender lo relativo a la normalización, rehabilitación, reinserción y servir de apoyo a las acciones de emergencia y solidaridad social, de acuerdo con el Gobierno Nacional.
  18. Promover la creación de la policía cívica local en los municipios, en los términos establecidos por la ley.
  19. Dirigir los servicios de medicina legal en el Departamento de conformidad con lo dispuesto en la ley.
  20. Coordinar y promover la creación de cuerpos de bomberos en el Departamento y prestar la asistencia administrativa que éllos demanden.
  21. Coordinar el sistema departamental de emergencia y desastre.
  22. Coordinar y consolidar la conformación de asociaciones de municipios, para una mejor y eficiente prestación de servicios públicos y el impulso al desarrollo subregional.
  23. Las demás que surjan de la naturaleza de la dependencia o le sean asignadas por autoridad competente.
Corresponde al Secretario de Gobierno, coordinar de acuerdo con el Gobernador, las actividades y programas, que a nivel municipal, realicen entidades nacionales del sector gobierno, salvo en lo que corresponda a otras entidades dependencias

 
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