- ¿En el evento de que un funcionario haya recibido mayor asignación a la que le corresponde, cuál es el procedimiento a seguir con la suma superior recibida?
El Código Disciplinario Único consagra dentro de las prohibiciones para el servidor público la de percibir remuneración oficial por servicios no prestados o por cuantía superior a la legal.
Por consiguiente, en el caso de percibir remuneración por cuantía superior a la legal se presentaría un pago de lo no debido, para lo cual el Estado tiene la legitimidad de proceder a recuperar estos dineros públicos y el empleado está en la obligación de restituirlos.
En consecuencia, una vez el empleado se haya dado cuenta o haya sido enterado del error, deberá de inmediato tomar las medidas para subsanarlo, procediendo al reintegro de los mayores valores recibidos, para lo cual podrá, por ejemplo, autorizar descuentos de sus salarios o prestaciones sociales.
Cabe recordar que los servidores públicos son responsables disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por sus acciones u omisiones.