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EDICION No 5041 SÁBADO 21 DE FEBRERO DE 2009 - MONTERIA - COLOMBIA

'El Corralito' de la Valorización

Toño Sánchez Jr. Por TOÑO SÁNCHEZ Jr.

Creo que a los monterianos los han asaltado en su buena fe con este cuento de la Valorización por Beneficio General. Todo se inició el año pasado cuando dijeron que se iban a realizar unas 'mega' obras de desarrollo para la ciudad. Para lo cual la Administración Municipal hizo su primer movimiento, modificar el Estatuto Tributario y es aquí donde estuvo la movida maestra. Luego se expidió el Acuerdo 010 de 2008, por medio del cual se distribuyó el costo de la obra, se estableció el cobro y los topes de absorción.

Entre esas reglas está el costo total de la obra y deja entrever cómo sería la manera de establecer el beneficio que producirá. No se sabe si tuvieron en cuenta la capacidad de pago del ciudadano. El Acuerdo 010 en su artículo 2º establece que las obras tienen un valor de 70 mil millones de pesos. Pero aquí empiezan los interrogantes. ¿Bajo qué parámetros y estudios se establecieron que esas eran las obras prioritarias para los monterianos? ¿Qué empresa los hizo y cuánto costaron? El parágrafo de este artículo dice que se adicionará "un porcentaje prudencial para imprevistos y hasta un veinte por ciento (20%) más, destinado a gastos de administración". ¿A cuánto equivale un "porcentaje prudencial"? ¿Bajo qué parámetros se establecerá?

En el parágrafo segundo dice que el Alcalde "fijará por decreto la priorización definitiva de las obras" que se van a ejecutar. Y lo hará "previa concertación con la junta de valorización". El artículo 9º establece cómo se escogen estos miembros; y no cabe duda que son una junta de bolsillo.

Pero los problemas están apenas por empezar. El artículo 5º que establece la "consolidación del método", que se dará mediante Decreto motivado del Alcalde, "consolidará los distintos factores de beneficio enunciados, en una formulación matemática que permita obtener los resultados cuantitativos previstos, conforme al gravamen individual que le corresponda a cada contribuyente (...)". ¿Dónde está, quién lo hizo, cuándo lo hizo y cuánto costó ese estudio que establece los beneficios por esas 'mega' obras? ¿El estudio tuvo en cuenta el impacto de la actual crisis económica mundial? ¿Tuvo en cuenta los índices de miseria y pobreza de la mayoría de los monterianos? ¿Cuál fue la metodología que se utilizó para establecer la capacidad de pago de los monterianos?

El artículo 6º del mencionado Acuerdo establece los Topes de Absorción, que consisten en la distribución porcentual de la contribución de Valorización por Beneficio General, esto es, los 70 mil millones de pesos. Allí dice que el estrato 2 está en un mínimo de 3.0% y un máximo de 5.5%. Reto a la Alcaldía a que me diga si no es una injusticia que proporcionalmente el sector industrial esté en un mínimo del 0.0% y un máximo de 3.0%. Es justo que los comerciantes estén en un máximo del 25% y un mínimo del 8%. Es justo que un predio edificable no edificado esté entre un máximo de 20% y un mínimo de 5%. Al ver estos porcentajes uno podría decirle al Alcalde que las personas que podrían pagar estas tarifas están presas o huyendo. Interrogantes: ¿Dónde está, quién y cuándo se hizo el estudio que establece cuál es el porcentaje que un dueño de vivienda o comerciante le corresponde pagar? ¿Cuál fue la metodología que se usó?

El Alcalde ha vendido la idea de que la valorización es para los que más tienen. Eso es falso de toda falsedad y se los voy demostrar con cifras. Los predios urbanos que hay en Montería según datos de la misma Alcaldía son los siguientes: Estrato 1: 36 mil 817; estrato 2: 17 mil 220; estrato 3: 7 mil 748; estrato 4: 3 mil 80; estrato 5: 1 mil 978; estrato 6: 1 mil 185 predios. La suma de los estratos 2 y 3 da 24 mil 958 predios frente a 6 mil 243 de los estratos 4, 5 y 6. ¿Entonces sobre quién es que recae todo el peso de la 'recolección' de los más de 70 mil millones de pesos?

Pero el Alcalde puede salir al quite a decir que el único parágrafo del artículo 6º del Acuerdo 010 dice que los inmuebles del estrato 2, cuyos avalúos catastrales sean iguales o menores a 35 salarios mínimos, se exceptúan de valorización. Bueno, entonces hagamos el ejercicio en el supuesto de que sólo el 30% de los residentes del estrato 2 están obligados a pagar. Eso equivale a 5 mil 163 predios, más los 7 mil 748 del estrato 3 nos da 12 mil 911. Cifra todavía superior a la suma de los 3 estratos restantes. A quien acabaron en esta sociedad fue a la clase media pura, a los que soñaron con superarse algún día.

Cabe anotar que el Acuerdo es claro en el sentido de que se paga la mayor área que se tenga, no los metros construidos. Esto es, que aquellas casas que tienen patio y traspatio pagan por toda esa área y no donde sólo está construida la vivienda.

Ahora les pongo este simple ejemplo. Vamos a partir del hipotético caso que el 'misterioso estudio de beneficio' ya estableció los porcentajes. Su casa está en el estrato 3 (mínimo 4.0% - máximo 8.5% es el tope de absorción), supongamos que por el área de su vivienda su porcentaje quede en el 7.0%. Su residencia la avalúan en 70 millones, tendría que pagar 4 millones 900 mil pesos. Pero le dirán que eso lo puede pagar en 5 años. Lo que no han dicho es que ese plazo será con intereses de financiación y de mora, que esos intereses los establecerá el Alcalde, así lo dice en la modificación al Estatuto de Rentas. Y lo que es peor, si usted se atrasa en tres cuotas pierde el derecho a los plazos y debe pagar todo de inmediato, so pena de que le caigan por jurisdicción coactiva. Esto sencillamente quiere decir que la Alcaldía en el peor de los casos, le quitará su casa. Lo que no ha hecho la crisis económica lo puede hacer la Alcaldía de Montería... arrebatarle su vivienda.

Aunque la administración municipal diga lo contrario esto tiene todas las características de una concesión... pero bien disfrazada. Aquí se inventaron una gerencia de proyecto para contratar a dedo limpio.

Por otra parte, sepan que será sólo el Alcalde el que establezca los intereses que anualmente va a poner. Piensen en esas negociaciones que se avecinan entre contratante y contratista.

Un artículo del nuevo Estatuto de Rentas quedó así: "El establecimiento, la distribución y el recaudo de la contribución de valorización por beneficio general estará a cargo de la Administración municipal". Esto es ilegal a todas luces, ya que los alcaldes no pueden establecer impuestos o tributos.

Otro interrogante que nace es saber cómo van hacer para que las personas que han pagado por plusvalía no les vuelvan a cobrar beneficios por valorización? ¿O es que se puede gravar por lo mismo dos veces a un ciudadano?

El desarrollo del Municipio no se puede construir con el ánimo de hacer más desgraciados a sus habitantes, ni sobre los hombros de la pobreza de los monterianos.

No es de extrañar el silencio de los comerciantes y gremios de la ciudad, ya que ellos sólo aparecen para defender sus exclusivos intereses. Ellos de solidaridad, altruismo y reciprocidad no conocen nada y uno no puede dar de lo que no tiene, menos pedírsele.

Considero que aquí no hubo total transparencia para con los monterianos. Aquí a mucha gente le gusta hablar de esta palabra, pero cuando van por El Sabanal, ya que cuando regresan a la ciudad se les olvida. Aquí todo estuvo bien planeado y bien compartimentado, sólo unos cuantos sabían cómo sería el 'golpe de mano', al mejor estilo de la Operación Valquiria.

 

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